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nov-2020

Portugal y los Sefardíes. Tras los errores de España

La proposición para una posible modificación de la ley de nacionalidad para sefardíes sigue su curso en Portugal, aunque finalmente el Partido Socialista haya tenido que retirar la primera propuesta planteada, que pretendía imponer a los solicitantes la exigencia de la residencia efectiva durante al menos dos años con carácter previo a iniciar la solicitud la nacionalidad. Dicha exigencia, era una de las distintas reformas planteadas originariamente al Reglamento de la nacionalidad portuguesa que se votó el pasado mes de julio en el parlamento luso.

La contestación llegada desde diversos frentes sociales hizo que el PS suprimiera finalmente dicha enmienda. Sin embargo, la propuesta para intentar incluir en la norma exigencias de prueba que demuestren alguna conexión efectiva (o real) del solicitante con el país sigue en pie y aunque todavía no existe una propuesta encima de la mesa y el alcance de dicha “conexión efectiva” todavía no se ha concretado, parece claro que la misma podría pasar por la exigencia de conocer el idioma portugués, mantener vínculos familiares directos con ciudadanos portugueses, poseer propiedades en el país, o la propia exigencia de residencia efectiva por un periodo inferior a los dos años. El abanico de posibilidades es amplio.

Además de los políticos, algunas de las partes implicadas en el proceso de nacionalidad portuguesa para sefardíes ya han manifestado su oposición a las propuestas de modificación legislativa. Como cabía esperar, las voces más contundentes en este sentido han sido las de las dos comunidades hebreas de Portugal (Oporto y Lisboa), las únicas homologadas por el gobierno para evaluar los documentos de prueba del origen sefardí presentados por los solicitantes. Ambas han sido llamadas para expresar su opinión, manifestando una rotunda negativa a cualquier modificación de la actual ley. En su afán de defensa del actual proceso no habrá sido desdeñable la motivación económica, ya que según los números oficiales han sido más de 52.000 las solicitudes de nacionalidad presentadas hasta abril, y los donativos exigidos por estas sinagogas para validar la documentación de los solicitantes oscilan entre los 250 y los 500€ por persona. Basta una sencilla fórmula matemática para hacerse una idea del pingüe negocio que supone el proceso para estas sinagogas locales.

Sorprendentemente, otra respuesta contraria a la modificación legal ha sido la del Obispo de Oporto, Manuel Linde quien abandonando el habitual discurso antisemita del clero católico ha manifestado que la iglesia católica portuguesa “está a favor de la actual ley que permite, que la ciudadanía portuguesa la obtengan personas que han salido de Portugal durante siglos” y argumentando que se trataría en cualquier caso de una restricción de derechos. 

En el otro lado del debate, quienes defienden un cambio legislativo, argumentan que el espíritu de la ley está desvirtuado y el proceso se ha convertido en un gran negocio de tráfico de pasaportes portugueses, existiendo además un riesgo real de una avalancha de solicitudes. Algo que queda evidenciado, según ellos, por las estadísticas.

La cuestión fundamental será ver si las modificaciones son finalmente tan restrictivas como para terminar con el interés que ahora mismo suscita el proceso entre muchos sefardíes o descendientes de estos. Requerir una residencia legal previa en el país, o exigir un conocimiento del idioma sería imponer trabas insalvables para la mayoría de los solicitantes de la diáspora sefardita, sobre todo para los israelitas que son el principal grupo de solicitantes, y terminaría acotando el proceso prácticamente a los brasileños descendientes de sefarditas, los únicos en la práctica capaces de cumplir con la exigencia del idioma. Paradójicamente, imponer condicionantes de este tipo supondría incurrir en los mismos graves errores cometido por los legisladores españoles y que provocaron que la vinculación exigida con España se acabase demostrando en la mayoría de los casos mediante la compra de certificados hechos ad hoc para tal fin, y que la gran mayoría de solicitantes de nacionalidad por la norma española no hayan sido realmente sefardíes, sino ciudadanos de países de Hispanoamérica, por ser los únicos capaces de cumplir con el requisito de la lengua, personas que en la mayoría de los casos no eran sino descendientes muy lejanos de aquellos sefardíes expulsados de España y totalmente ajenos a las Comunidades hebreas. En Portugal, tendrán que elegir.

Alejandro de Vicente Rojas. Abogado
Larrauri & Martí Abogados

 

Obtención de la nacionalidad portuguesa para sefardíes

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