En el despacho Larrauri & Marti Abogados, contamos con abogados especialistas en materia de derecho de extranjería.
Nuestro trabajo está basado en la honestidad, constancia, trato directo y una estrecha relación con el cliente, de manera que nuestra labor se desarrolla de manera exhaustiva y minuciosa, buscando la mejor solución para nuestros clientes e intereses.
En Larrauri & Marti Abogdos, damos solución a todo tipo de servicios en cuanto a extranjería se refiere, tal y como: visados y tarjetas de estudiante, autorizaciones de residencia no lucrativa, autorizaciones de residencia y trabajo, residencia por arraigo, certificado de residente comunitario, matrimonios mixtos, familiares comunitarios y reagrupación familiar, ley de emprendedores, inversionistas, personal altamente cualificado, nómadas digitales, traslados de profesionales entre grupos empresariales, nacionalidades (con valor de presunción, por residencia, opción, ley de memoria democrática).
Sea cual sea su situación, no dude en solicitar la información o presupuesto on-line y obtendrá el trámite que desee, con total profesionalidad y en el menor tiempo posible.
Estudiar en España es una ventana al mundo laboral ya que los estudiantes extranjeros en España tienen la oportunidad de realizar prácticas profesionales en grandes empresas. De esta manera, podrás adquirir experiencia y dar a conocer tu perfil profesional, aumentando las posibilidades de contratación y de cambio de estatus de estudiante a residente.
La entrada en vigor el día 20 de mayo de 2025, del nuevo Reglamento de Extranjería, aprobado por RD 1155/2024, de 19 de noviembre, ha traído cambios sustanciales importantes en las Autorizaciones de estancia de larga duración para la realización de estudios, del acceso al trabajo, las opciones de prórroga, modificación del visado, así como para sus familiares.
Si deseas empezar con la solicitud, no dudes en contactar con nuestro despacho, donde te asesoraremos y nos encargaremos de todo el procedimiento desde la solicitud del visado hasta que tengas tu Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en España.
La residencia no lucrativa es aquella que permite al extranjero, no comunitario, residir junto a su familia en España sin trabajar o realizar actividades lucrativas.
Esta autorización de residencia está destinada a personas que dispongan de un cierto nivel de ingresos o ahorros suficiente para mantenerse sin buscar activamente empleo, carezcan de antecedentes penales y cuenten con un seguro médico privado.
Esta residencia es válida por 1 año, renovable y le permitirá solicitar nacionalidad española por residencia.
Si deseas empezar con la solicitud, no dudes en contactar con nuestro despacho, donde te asesoraremos y nos encargaremos de todo el procedimiento.
Actualmente, hay 5 tipos diferentes de arraigo y cada uno con sus requisitos específicos: Arraigo familiar; arraigo de segunda oportunidad; arraigo sociolaboral; arraigo social; arraigo socioformativo y arraigo familiar.
Teniendo en cuenta la situación particular de cada uno, el individuo podrá acogerse a un determinado tipo de arraigo y así conseguir regularizar su situación en España. Es una de las mejores alternativas para poder vivir y trabajar de manera legal para aquellos extranjeros extracomunitarios, que llevan un determinado tiempo en situación irregular, en España.
Los plazos de esta estancia previa exigida, han quedado unificados tras la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Extranjería, fijado en 2 años, a excepción del Arraigo familiar que no requiere período de estancia previo, y que contempla en este nuevo texto reglamentario a los familiares directos de menores nacionales de otro Estado Miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que acrediten residir con él en territorio español y al familiar que presten apoyo a una persona con discapacidad para el ejercicio de su capacidad jurídica, que sea nacional de un Estado miembro, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que conviva con ella.
Si deseas empezar con la solicitud, iniciar con todos los trámites necesarios de arraigo y conseguir tu autorización de residencia (y trabajo) por esta vía, no dudes en contactar con nuestro despacho, donde nos haremos cargo de todo.
La entrada en vigor del nuevo Reglamento de extranjería ha creado una figura específica para los familiares de ciudadanos de españoles, denominada “Autorización de residencia temporal de familiares de personas con nacionalidad española”. Este tipo de residencia se regula ahora como una figura propia y diferenciada, fuera del régimen de familiares de ciudadano de la Unión Europea y del arraigo familiar.
Se trata de un permiso de duración inicial de cinco años, que permite trabajar por cuenta ajena y/o propia, renovable por períodos de cinco años; y que amplía las opciones de reagrupación, principalmente a los descendientes hasta los 26 años, así como al familiar-cuidador del español dependiente o a la familia extensa, que pueda acreditar dependencia económica o social. Por el contrario, en el caso de ascendientes de ciudadano español, deberán acreditar la condición de estar a cargo, salvo que tengan más de 80 años.
Si deseas empezar con la solicitud, iniciar con todos los trámites necesarios por esta vía, no dudes en contactar con nuestro despacho, donde nos haremos cargo de todo.
Esta sección contempla las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia y trabajo en España por parte de los ciudadanos de otros Estados Miembros de la Unión Europea, de los del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Islandia, Liechtenstein y Noruega) y de Suiza, así como a sus familiares.
Los ciudadanos comunitarios que vayan a residir en territorio español por un período superior a tres meses están obligados a solicitar su inscripción en el Registro Central de Extranjeros, y se les expedirá un certificado de registro. Este Certificado les permitirá trabajar por cuenta ajena o emprender negocios en España.
Por su parte, los familiares extracomunitarios del ciudadano de otro Estado de la Unión Europea, deberán solicitar una tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Dicha Tarjeta les permitirá trabajar por cuenta ajena o propia con una validez de 5 años renovable.
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Los matrimonios entre personas de diferentes nacionalidades o celebrados en el extranjero por nacionales españoles son completamente válidos. Así mismo, los extranjeros que residen en España también tienen la posibilidad de contraer matrimonio en el país. No obstante, plantean cuestiones especiales de capacidad, consentimiento y de forma que no acontecen en los matrimonios que no tienen eses elemento extranjero.
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La aprobación en el año 2013 de la llamada Ley de Emprendedores o Ley 14/2013, trajo consigo importantes novedades en la manera en la que los ciudadanos extranjeros podrían lograr su residencia en España mediante diferentes tipos de visado o residencia: inversores, emprendedores, personal altamente cualificado, investigadores, trabajadores por traslado interempresarial, y los nómadas digitales.
Dicha Ley ha sufrido una importante modificación, a través de la L.O 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, cuya Disposición Final Vigesimoprimera, por la que se eliminan todos los visados de inversor (compra de inmuebles, depósitos bancarios, fondos de inversión o deuda pública).
Se mantiene:
Residencia para profesionales altamente cualificados: permite al trabajador extranjero desempeñar una actividad laboral que requiera una cualificación de enseñanza superior o bien, acredite un mínimo de tres años de experiencia profesional en el sector.
Residencia para emprendedores: todo aquel extranjero que quiera desarrollar una actividad emprendedores y empresarial, de carácter innovador y que tenga especial interés económico en España, pueden optar por este tipo de autorización de residencia.
Residencia para investigadores: que deseen desarrollar actividades de formación, investigación, desarrollo e innovación en entidades públicas o privades establecidas en España, y que cuenten con una oferta para desarrollar dicha actividad.
Residencia por traslado intraempresarial: contempla a los extranjeros que se desplazan temporalmente a España en el marco de una relación laboral, profesional o de formación, desde una empresa exterior a una empresa o grupo de empresas establecida en España.
Residencia como teletrabajador de carácter internacional o nómada digital: permite a aquellos extranjeros no ciudadanos de la unión Europea, a vivir y desempeñar una actividad laboral o profesional a distancia para empresas situadas fuera del territorio nacional a través de sistemas y medios informáticos, telecomunicación y telemáticos.
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La nacionalidad española es el estatus legal que poseen los nacidos en territorio español y aquellos extranjeros que reúnen los requisitos necesarios.
Puede abrir tu expediente de nacionalidad española por diversas vías, en función de tu situación personal: Nacionalidad por residencia, por opción, con valor de simple presunción, por Carta de Naturaleza y la Nacionalidad por la Ley de Memoria Democrática o Ley de Nietos.
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23-11-2022 / circulares
Mercantil, Fiscal, Extranjeria y Nacionalidad
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