06
ago-2018
Los juzgados han estudiado multitud de casos en los que directivos y trabajadores han hecho un mal uso de las tarjetas de crédito corporativas que la compañía pone a su disposición para fines laborales.
El juicio por las denominadas tarjetas black ha arrancado esta semana en la Audiencia Nacional sentando en el banquillo a 65 exconsejeros y exdirectivos de Caja Madrid y Bankia que llegaron a disponer de hasta 12 millones de euros en gastos personales.
El caso se ha convertido en uno de los escándalos de corrupción más sonados de los últimos años, entre otras cosas por los reconocidos nombres de los encausados. Sin embargo, no es la primera vez que los tribunales estudian casos de este tipo.
Existen numerosas sentencias, con supuestos muy variados, en las que se analiza el mal uso de las tarjetas corporativas que las compañías ponen al servicio de trabajadores o directivos. Una de las sentencias más sonadas de los últimos años fue la que dictó el Tribunal Supremo el 29 de diciembre de 2014 en la que se condena el uso de la Visa de empresa para gastos particulares como apropiación indebida.
El Alto Tribunal destacaba entonces que "el más elemental sentido común impone al titular de una tarjeta de empresa excluir su utilización para gastos personales", aunque no exista limitación expresa por parte de quien haya autorizado su uso. Además, establecía que ese uso constituye delito de apropiación indebida cuando se realiza "con vocación de apropiación permanente", es decir, cuando no se devuelve el dinero. La sentencia deducía este hecho por la naturaleza particular del gasto (en el caso examinado, el pago de la instalación de aire acondicionado en la casa del acusado) y la inexistencia de gestión alguna para liquidar o devolver los fondos destinados a usos ajenos a los que corresponden en la práctica mercantil a una tarjeta de empresa, que son los destinados a gastos de representación u otros relacionados con la empresa.
Fuente: Expansión. Seguir leyendo.
25-04-2024 / noticias