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jul-2023
En una reciente Sentencia, nuestro Tribunal Constitucional ha resuelto que es constitucional el gravar las ganancias patrimoniales ficticias que se producen en el IRPF por la transmisión de inmuebles. Estas se producen al no aplicar ningún coeficiente de actualización para incorporar a su cálculo el efecto de la inflación acumulada desde la fecha de adquisición, como sí se hacía hasta el 1 de enero de 2015.
Así el Tribunal valida que se graven rentas nominales y no reales, con lo que, en muchos casos, el gravamen efectivo aplicado es confiscatorio o, directamente, de más del 100% de la ganancia real obtenida, ya que es perfectamente posible que, en términos reales, no se haya obtenido ganancia alguna.
De todo ello y de las implicaciones que se derivan de dicha Sentencia, nos habla más en profundidad nuestro compañero David Álvarez este artículo que publica Expansión.