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jul-2025
El avance imparable de la inteligencia artificial ha despertado inquietudes en numerosos sectores, y uno de los más afectados es el del doblaje. La capacidad de las IA para replicar voces humanas con precisión plantea un serio desafío para actores, directores y profesionales del sector audiovisual.
En los últimos años, algunas productoras han utilizado grabaciones de voz para entrenar algoritmos que generan voces sintéticas casi indistinguibles de las reales. Este tipo de prácticas fue uno de los detonantes de la histórica huelga de actores en EE. UU. en 2023, que exigía mayor protección y regulación frente al uso de IA en la industria.
En España, entidades como PASAVE han impulsado la incorporación de cláusulas contractuales que prohíban el uso no autorizado de la voz de los actores para fines distintos a los pactados, especialmente para alimentar sistemas de inteligencia artificial.
Desde un punto de vista legal, la voz en sí misma no está protegida por derechos de autor, pero las grabaciones en las que aparece sí pueden estarlo si forman parte de una obra. No obstante, la autoría y los derechos derivados de dichas grabaciones varían según el marco jurídico. Mientras en EE. UU. los derechos suelen pertenecer a quien encarga la obra, en España la legislación reconoce como autores únicamente a ciertos perfiles como el director, el guionista o el compositor, dejando en una posición ambigua a los actores de doblaje.
Ante este vacío legal, la única vía clara por ahora parece ser la contractual: limitar por escrito el uso que puede hacerse de la voz de los intérpretes. Mientras tanto, el sector espera que futuras normativas aborden esta nueva realidad tecnológica con mayor claridad y protección.
A continuación os acompañamos el artículo completo de nuestro compañero Rodrigo Lumbreras que hoy publica para Legal Today.