03
nov-2025
A pesar de que desde hace ya muchos han ido apareciendo nuevas modalidades de familia a efectos civiles como la pareja o unión de hecho, la legislación tributaria no se ha adaptado a esta realidad en muchos casos, provocando una discrimación de facto de estas uniones en numerosos impuestos, siendo especialmente grave el caso del IRPF. Esto es así ya que, al contrario que la Hacienda estatal, las haciendas autonómicas han sido más sensibles a está nueva realidad y, por ello, han ido equiparando efectivamente los beneficios fiscales existentes en los tributos que tienen cedidos (Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, ITPAJD, etc..) entre matrimonios y uniones de hecho.
De todo esto nos habla más en profundidad nuestro compañero David Álvarez en este artículo que publica Expansión.